A- de 2011
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inclusión acciones afirmativas y proceso de selección en licitación pública 001/11
- Intereses de proponentes de licitación pública 001/11 deben desplazarse en favor de los derechos de las minorías
- Declarar incumplimiento de sentencia T-724/03 y auto A268/10
- Dejar sin efecto licitación pública 001/11 y actos administrativos dictados en el proceso
- Medidas de acción afirmativa representan deberes, cargas u obligaciones para recicladores en razón a que prestan un servicio público
- Mecanismos de cumplimiento de tipo sancionatorio y tipo material
- Protección de derechos fundamentales por acción u omisión de cualquier autoridad pública
- Generan presión sobre los derechos del resto de la colectividad por tratarse de cargas sociales en busca de la igualdad material
- Redistribución de oportunidades sociales a favor de ciertos colectivos que por razones históricas se han visto privados de ellas
- No se agota con la decisión de fondo sino se extiende hasta el cumplimiento y protección efectiva de derechos
- Privilegio de minorías dedicadas al reciclaje por encima de expectativas comerciales de particulares oferentes
- Recicladores son históricamente titulares de un papel ambiental de suma trascendencia
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
- Herramientas para la ejecución de su deber
- Adopción de medidas adicionales para proteger derechos en ejercicio de la supremacía funcional y jerárquica
- Define medidas para dar cabal cumplimiento al fallo
- Determina oportunidad de intervención para hacer cumplir órdenes de tutela
- Niveles de protección planteados por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos en licitación pública 001/11
- Participación o cesión del patrimonio de proponentes adjudicatarios a favor de recicladores
- Recolección y transporte de material aprovechable separado por generadores a recicladores de oficio asistido por operadores del servicio de aseo
- Cesión de participación accionaria de licitación pública 001/11 como acción afirmativa en favor de recicladores
- Ofrecimiento de empleos en actividades de corte de césped y poda de árboles a recicladores
- Autoridades competentes deben adelantar gestiones para concretar mandatos del principio de Estado Social de Derecho
- Responsabilidad precontractual en el ámbito civil y mercantil no pueden traerse al ámbito de la contratación estatal
- Daño antijurídico consecuencia de acción u omisión en la etapa de celebración del contrato, adjudicación irregular de la licitación, o falta de perfeccionamiento del contrato
- Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
- Resuelve controversias relacionadas con pliegos de condiciones
- Procedencia excepcional para resolver controversias relacionadas con pliegos de condiciones
- Impone a los Estados el deber de garantizar el cumplimiento de toda decisión
- Competencia del juez de primera instancia
- Limitación al principio de mayoría
- Realización a través de recicladores vinculados
- Facultad del juez constitucional para determinar la forma de ejecución del fallo de tutela y la adopción de medidas para su cumplimiento
- Prestación requiere que se realice a través de un operador autorizado e inscrito en los términos de la Ley 142/94
- Principios aplicables al cumplimiento del fallo
- Materialización
- Actuaciones de servidores públicos están sometidas al control político y judicial
- Deberes y poderes del juez constitucional
- Facultad del accionante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se declara el incumplimiento por parte de la UAESP de las órdenes conferidas en la sentencia T-724/03y de los criterios generales fijados en el Auto 268 de 2010.
Así mismo se deja sin efectos la licitación pública No. 001 de 2011 al igual que todos los actos administrativos dictados con ocasión de dicho proceso.
Se imparten una serie de órdenes a la Alcaldía Mayor de Bogotá y a la Procuraduría General de la Nación, para que respectivamente defina y realice una labor de seguimiento y, un esquema de metas a cumplir en el corto plazo, con destino a la formalización y regulación de la población de recicladores.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR EL INCUMPLIMIENTO por parte de la UAESP de las ordenes conferidas en la sentencia T-724 de 2003 y de los criterios generales fijados en el Auto 268 de 2010.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOla Licitacion Publica No. 001 de 2011, asi como todos los actos administrativos dictados con ocasion de dicho proceso.
- TERCERO. ORDENAR a la Alcaldia Mayor de Bogota, a traves de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Publicos (UAESP) -o la entidad que haga sus veces-, que defina un esquema de metas a cumplir en el corto plazo con destino a la formalizacion y regularizacion de la poblacion de recicladores, que contenga acciones concretas, cualificadas, medibles y verificables, el cual debe ser entregado a la Corte Constitucional, asi como a la Procuraduria General de la Nacion a mas tardar el 31 de marzo del ano 2012. Dicho Plan debera definirse a partir de las ordenes previstas en los numerales 109 a 118 de esta providencia.
- CUARTO. ORDENAR a la Procuraduria General de la Nacion que efectue la labor de seguimiento al esquema de metas de corto plazo elaborado en favor de la poblacion de recicladores por parte del Distrito e informe de su evolucion y cumplimiento a la Corte Constitucional de manera trimestral.
- QUINTO. EXHORTARa laComision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico (CRA) para que revise y defina parametros generales para la prestacion de los servicios de separacion, reciclaje, tratamiento y aprovechamiento de residuos solidos en los terminos establecidos en el numeral 115 de esta providencia. La CRA remitira un informe de los parametros que hayan sido o vayan a ser fijados a la Corte Constitucional a mas tardar dentro del primer trimestre del ano dos mil doce (2012). La CRA debera asegurarse de que tales parametros se reflejen en la estructura tarifaria que por virtud de la ley debe ser fijada en el ano dos mil doce (2012).
- SEXTO. EXHORTARa la Comision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico (CRA), para que acompane y preste su colaboracion al Distrito -a traves de la UAESP o de la entidad que haga sus veces-, en la definicion de la regulacion especial a nivel distrital dirigida a la regularizacion de la poblacion de recicladores en los componentes de separacion, reciclaje, trasformacion y aprovechamiento de residuos, en los terminos del numeral 116 de esta providencia.
- SEPTIMO. ORDENAR, a la Alcaldia Mayor de Bogota a traves de la UAESP o de la entidad que haga sus veces, que normalice en el menor tiempo posible la prestacion del servicio publico de aseo en sus componentes de recoleccion, transporte al sitio de disposicion final, barrido, limpieza de vias, corte de cesped y poda de arboles, a traves del esquema que estime pertinente, atendiendo para el efecto las metas que sean fijadas por el Distrito para entrar a operar en el corto plazo en favor de la poblacion de recicladores de la ciudad.
- OCTAVO. ORDENARa la Secretaria General de esta Corporacion que de traslado, en los terminos del numeral 113 de las ordenes concretas de esta providencia, a la Contraloria General de la Republica, Contraloria Distrital, Procuraduria General de la Nacion y a la Fiscalia General de la Nacion.
- NOVENO. ORDENARa la Alcaldia Mayor de Bogota a traves de la UAESP o de la entidad que haga sus veces, por el mecanismo que estime pertinente,que actualice el censo de recicladores elaborado por la Universidad Javeriana.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.